RGPD
¿Cómo se aplica el RGPD a los datos de menores en la escuela infantil?
Los datos de menores requieren un tratamiento especialmente cuidadoso bajo el RGPD y la LOPDGDD 3/2018: fotografías, comunicaciones e información de salud o hábitos solo deberían llegar a quien tiene derecho a verlas. Esta guía repasa los puntos clave para una escuela infantil o guardería.
Revisado por Clickame Networks, S.L.
¿Qué base legal ampara el tratamiento de datos de menores?
El centro, como responsable del tratamiento, debe tener base legal para cada finalidad: ejecución del contrato de prestación del servicio para la gestión académica y económica, y consentimiento específico para usos adicionales como la publicación de imágenes.
¿Quién es responsable y quién es encargado del tratamiento?
El centro educativo (o el ayuntamiento titular, en el caso de centros municipales) es normalmente el responsable del tratamiento: decide para qué y cómo se tratan los datos de alumnado y familias. El proveedor de la plataforma de gestión actúa como encargado del tratamiento, bajo un contrato (DPA) que fija las obligaciones de seguridad y confidencialidad del artículo 28 del RGPD.
¿Cómo se gestiona el consentimiento de los derechos de imagen?
Los derechos de imagen de menores necesitan autorización explícita de la familia, revisable en cualquier momento. Una plataforma de gestión debe poder marcar qué menores tienen derechos de imagen autorizados y excluirlos automáticamente de cualquier material compartido si no es el caso.
¿Cómo se garantiza que una familia solo vea a sus menores?
Técnicamente, esto se implementa con control de acceso basado en roles (RBAC) y Row Level Security (RLS) en la base de datos: una familia solo puede consultar a sus propios menores y el material donde están etiquetados con derechos de imagen autorizados, sin depender solo de la lógica de la interfaz.
¿Qué derechos tienen las familias y cuánto se conservan los datos?
Las familias pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad. Los datos se conservan mientras dure la relación con el centro y, después, durante los plazos legales exigibles (por ejemplo, obligaciones fiscales).
¿Qué pasa con los datos cuando un menor deja el centro?
El acceso activo de la familia se cierra, pero algunos datos (como los relacionados con recibos o el Modelo 233) deben conservarse durante los plazos fiscales exigidos por ley aunque el menor ya no sea alumno. Pasado ese plazo, los datos que ya no tienen base legal para conservarse deben suprimirse o anonimizarse.
Un ejemplo práctico: revocación de derechos de imagen
Una familia revoca la autorización de derechos de imagen de su menor a mitad de curso, después de haberla concedido al inicio. A partir de ese momento, la plataforma debe dejar de incluir al menor en cualquier foto o vídeo compartido en la agenda diaria o en el muro de fotografías del aula, aunque el resto de menores del grupo sí aparezcan.
Si el mismo día se ha hecho una foto grupal, el sistema debe permitir guardarla sin compartirla, o recortar al menor antes de publicarla. El material ya enviado antes de la revocación no se retira retroactivamente salvo que la familia lo solicite expresamente ejerciendo su derecho de supresión.
FAQ
¿Hace falta el consentimiento de los dos progenitores para las fotos?
Con carácter general sí, salvo que uno de los progenitores tenga la patria potestad en exclusiva. El centro debe tener un protocolo claro para recoger y actualizar ese consentimiento, y la plataforma debe reflejarlo a nivel de datos, no solo en papel.
¿Se puede revocar el consentimiento de derechos de imagen?
Sí, en cualquier momento. A partir de la revocación, el sistema debe excluir al menor de material futuro compartido; el material ya enviado se gestiona según la política de conservación del centro.
¿Hay que hacer una evaluación de impacto (EIPD) para tratar datos de menores?
El tratamiento de datos de menores a gran escala es uno de los supuestos que la AEPD señala como candidatos a requerir una evaluación de impacto relativa a la protección de datos. Hay que valorarlo con el delegado de protección de datos del centro o del ayuntamiento según el volumen y la naturaleza del tratamiento.
Fuentes y normativa
Publicado y actualizado en julio de 2026